Una ordenanza sobre la moral/ decretó la Dirección Policial
y por la que el hombre se debe abstener/ decir palabras dulces a una mujer.
Cuando una hermosa veamos venir/ ni un piropo le podremos decir
y no habrá más que mirarla y callar/ si apreciamos la libertad.
¡Caray! no sé/ por qué prohibir al hombre/ que le diga piropos a una mujer...
¡Chitón! ¡no hablar/ porque al que se propase/ cincuenta le harán pagar.
Yo cuando vea cualquier mujer/ una guiñada tan solo le haré.
Y con cuidado/ que si se da cuenta,
¡ay, de los cincuenta/ no me salvaré.
Por la ordenanza tan original/ un percance le pasó a don Pascual:
anoche, al ver a una señora, gilí,/le dijo "Adiós, lucero, divina hurí".
Al escucharlo se le sulfuró/ y una bofetada al pobre le dio,
y se lo llevó el gallo policial/ por ofender la moral.
¡Caray! no sé /por qué prohibir al hombre/ que le diga un piropo a una mujer...
¡Chitón! ¡No hablar porque podrá costarle cincuenta de la nación.
Mucho cuidado se debe tener/ al encontrarse frente a una mujer.
Yo por mi parte,/ cuando alguna vea,/ por linda que sea,/ nada le diré.
Letra y música: Angel Villoldo.
Fue compuesto a raiz de la resolución dictada por el jefe de Policía, coronel Ramón L. Falcón, el 28 de diciembre de 1906, acerca de las palabras, los actos y los ademanes obscenos. Ya en 1889 una orden policial había establecido "los que ofenden públicamente el pudor con palabras, actos o ademanes obscenos" sufrirán, la primera vez, 15 días de arresto o cincuenta pesos de multa.
"Se recuerda al personal de policía el deber que le está atribuido por la reglamentación vigente, para velar constantemente por la moral y buenas costumbres, así como el de impedir que nadie sea molestado ni provocado con ademanes o palabras que infieran ofensas al pudor; debiendo proceder con el mayor empeño en la prevención de esa falta y con la mayor rigurosidad en la represión cuando se atente contra señoras, niñas, ancianos, personas del culto y en general de todas aquéllas que por razón del sexo, diferencia de fuerza, debilidad, etc. no pueden repeler las agresiones o asegurar o perseguir a los autores para denunciarlos a la autoridad".
José Gobello: Conversando tangos. Buenos Aires: A. Peña Lillo Editor, 1976
José Gobello> Letras de Tango. Meralma 1997
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