22/07/10
"Venezuela es el síntoma pero no la enfermedad. El testimonio del embajador Sadous en la Comisión de Relaciones Exteriores debería ser suficiente para generar dos hechos.En lo jurídico, imputar y citar a indagatoria a Uberti, De Vido, Kirchner y Olazagasti, pues el estado procesal de sospecha razonable está configurado.En lo político, interpelar al ministro De Vido .
Más allá de ello, este caso transparenta dos debates: sobre los “jueces del poder” y sobre el nivel de impunidad que la corrupción tiene en la Argentina. ...
Lo más grave del caso Venezuela no es la existencia de una embajada paralela sino la de una metodología diseñada desde el poder del Estado, o a su abrigo, para la ejecución de negocios corruptos. Este es el núcleo, que no nos confundan.
La corrupción debilita la confianza del ciudadano en la ley y en el poder del Estado. Pero, además, un país con alta corrupción paga altas tasas para cualquier proyecto de inversión.
Hace dos semanas se firmó un dictamen inédito en las Comisiones de Legislación Penal y de Justicia de la Cámara de Diputados por el cual se reforman 20 art. del Código Penal en punto a los delitos del poder. Figuras novedosas como el decomiso de bienes sin sentencia judicial firme, responsabilidad penal de las personas jurídicas, el arrepentido, severos agravantes punitivos para delitos de corrupción cometidos por altos funcionarios y un tipo penal autónomo con penas de 5 a 15 años de prisión para jueces corruptos son algunas de las innovaciones.
Sabemos que ninguna ley es mágica solución a una endemia cultural como lo es la corrupción en Argentina. Pero la ley es el comienzo necesario debido a las tres funciones que cumple en una sociedad: previene, castiga y envía un mensaje simbólico. El metamensaje de este proyecto de ley es claro: terminar con la vergüenza de la Argentina colocada en el cuadro de honor de la corrupción internacional. Apoyar al ciudadano en su justa indignación frente a la falta de castigo legal de los delitos del poder político y económico. Y sobre todo, advertir a los jueces del poder que su tiempo ha terminado.
Este proyecto de ley está hoy en condiciones de ser tratado por el Parlamento y ello sería un auténtico homenaje al pueblo argentino en el Bicentenario de la patria."
Esto lo dice Juan Carlos Vega
Pte. de la Comisión de Legislación Legal, Cámara de Diputados
http://www.clarin.com/opinion/corrupcion-ley-mano_0_302969761.html
23 jul 2010
Reformar el Código Penal para condenar los delitos del poder
Publicadas por Stella Maris Coniglio a la/s 12:26 a.m.
Etiquetas: delitos del poder, modificar el Código Penal
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