18 feb 2020

Qué debe brindar la educación en las escuelas?.

Una interesante exposición de un legislador peruano que pone en cuestión los mismos temas que podríamos poner en nuestro país.
A LOS CHICOS HAY QUE DARLES LA LIBERTAD DE DECIDIR. Y LA ÚNICA MANERA ES SER CULTOS, ESTAR BIEN INSTRUIDOS. MIRARSE AL ESPEJO Y DECIR: YO PUEDO PORQUE SÉ.

En Argentina existe la Ley 26.061/2005 LEY DE PROTECCION INTEGRAL DE LOS DERECHOS DE NIÑOS Y ADOLESCENTES.
 ARTICULO 19. — DERECHO A LA LIBERTAD. Este derecho comprende:
A) Tener sus propias ideas, creencias o culto religioso según el desarrollo de sus facultades y con las limitaciones y garantías consagradas por el ordenamiento jurídico y EJERCERLO BAJO LA ORIENTACIÓN DE SUS PADRES;
b) Expresar su opinión en los ámbitos de su vida cotidiana, especialmente en la familia, la comunidad y la escuela;
c) Expresar su opinión como usuarios de todos los servicios públicos y, con las limitaciones de la ley, en todos los procesos judiciales y administrativos que puedan afectar sus derechos.
Las personas sujetos de esta ley tienen derecho a su libertad personal, sin más límites que los establecidos en el ordenamiento jurídico vigente. No pueden ser privados de ella ilegal o arbitrariamente.
La privación de libertad personal, entendida como ubicación de la niña, niño o adolescente en un lugar de donde no pueda salir por su propia voluntad, debe realizarse de conformidad con la normativa vigente.

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